Ampliación del plazo para presentar Declaración Jurada 1887

18 marzo 2021

Debido a las contingencias que se presentan en el país, producto de la pandemia, el Servicio de Impuestos Internos según Resolución Ex. N°30, ha ampliado el plazo para presentar la Declaración Jurada anual sobre “Rentas del artículo 42 N°1 (sueldos), Otros componentes de la remuneración y Retenciones del Impuesto Único de Segunda Categoría de la Ley de la Renta”.

Con la finalidad de otorgar mayores facilidades a los contribuyentes que pueden verse afectados producto de la situación país y, por lo tanto, imposibilitados de enviar la información requerida en el plazo establecido con anterioridad (19 de marzo de 2021), la autoridad fiscalizadora amplió el plazo para presentar la mencionada Declaración Jurada 1887 hasta el día miércoles 24 de marzo de 2021.

Recordar que esta Declaración Jurada debe ser presentada por personas naturales o jurídicas que ejerzan o desarrollen una actividad empresarial, que hayan pagado rentas del artículo 42 N°1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, sueldos, sobresueldos, salarios, dietas y cualesquiera otras rentas similares.

Autores

Javiera Kaufmann Delgado

Documentos